El SII (Suministro Inmediato de Información); se trata de un sistema de gestión del IVA, regulado en el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre gestionado por la AEAT, a través del conocimiento de los registros de facturación de las empresas.
Su principal objetivo es poder agilizar los trámites entre la administración y el contribuyente. Este sistema; ha entrado en vigor desde el 1 de Julio de 2017; siendo de obligatorio cumplimiento para las empresas que deben autoliquidar el IVA mensualmente:
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Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA)
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Grandes Empresas (facturación superior a 6 millones de €)
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Grupos de IVA
Como particularidad añadida; también aquellos que lo quieran presentar de manera voluntaria a través del modelo 036.
¿Qué plazos hay para presentar los registros?
Los cuatro puntos en los que se centra el SII y teniendo en cuenta que para la AEAT, no computan como días naturales, los sábados, domingos y los declarados como festivos nacionales; serían los siguientes:
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Facturas emitidas
Deberán presentarse como norma general, en los cuatro días naturales posteriores a la expedición de la factura, a no ser que sea expedida por el destinatario o un tercero; de ser así, el plazo aumentaría a ocho días naturales; no obstante, siempre han de realizarse, antes del día 16 del mes siguiente al del devengo del impuesto.
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Facturas recibidas
El plazo sería de cuatro días naturales desde el registro contable de la factura y antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación en se hayan incluido dichas operaciones. Si fuesen importaciones; el plazo comenzaría a contar desde que conste la cuota liquidada por las aduanas y respetando siempre el día 16, antes mencionado.
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Operaciones intracomunitarias
Duraría cuatro días naturales su plazo, desde el momento del inicio de la expedición; o bien, desde la recepción de los bienes.
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Información sobre bienes de inversión
Dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año; hasta el 30 de enero.
Cómo se proporciona la información
Se envía con el Servicio Web a través del intercambio de mensajes XML; pudiendo enviar registros con un máximo de 10.000 por envío; obteniendo la respuesta de las facturas aceptadas; aceptadas con errores y rechazadas; junto con el motivo de su verificación y el código seguro de verificación (CSV), en menos de 1 minuto.
¿Qué ventajas proporciona el SII?
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Exime de la presentación de los modelos 347, 340 y 390; así como la elaboración de los Libros Registros de IVA; presentando únicamente las autoliquidaciones del impuesto que procedan; dependiendo del tipo de empresa que se trate.
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Contraste de la información fiscal por terceros pertenecientes a la AEAT; con una mejor asistencia para la declaración, reduciendo errores y proporcionando mayor seguridad jurídica.
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Se ampliaría en diez días el plazo de presentación de las autoliquidaciones.
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Reducción de los tiempos de comprobación y ejecución de las devoluciones; al disponer de la información inmediatamente.
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Menor requerimiento de información; evitando la redundancia de datos y pérdidas de tiempo.
Salvedades relativas a territorios con Hacienda Foral
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Los empresarios que tengan su domicilio en el País Vasco; cuando el volumen de sus operaciones hayan excedido los 10 millones de euros y de los cuales el 75% se haya realizado en territorio común; deberán utilizar el SII a la normativa estatal.
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Del mismo modo, en Navarra lo único que cambia, con respecto al País Vasco, es el límite, que baja de 10 millones a 7.
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Actualmente Canarias tendrá su iniciación en el último trimestre del año y se hará obligatorio a partir del 1 de enero del 2019; siendo gestionado por la ATC y con las particularidades que tiene el IGIC.
¿Cómo nos ayuda Odoo?
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Agiliza la presentación de la información que requiere la AEAT; mostrando de un modo más intuitivo y sencillo la gestión de la información, través de una nueva pestaña llamada “SII”.
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Permite al usuario, meter datos de modo manual; como la descripción de las facturas; y también, su automatización, que facilitará el trabajo al usuario evitando la gestión repetitiva de esta información.
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Facilita al usuario el estado de la información presentada, a través del código seguro de verificación (CSV); mostrando la información relativa a los datos registrados; facilitando así que se pueda conocer el estado en cada momento.
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También es posible configurar el envío de modo automático; con la posibilidad de programar a una hora determinada su ejecución y en el caso de que no haya Internet en ese momento, se posicionaría en una cola de envío, que se ejecutaría en el momento de volver a tener conexión.
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En el caso de cometerse algún error, la factura rectificativa, podrá gestionarse desde Odoo, para solucionarlo de modo inmediato y claro.
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De ser un negocio multi-compañía, con la configuración adecuada; facilita los movimientos entre las empresas y la presentación de la información oportuna.
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Si el negocio está situado en un territorio en el que las exigencias tributarias sean distintas; Odoo lo gestiona para no ocasionar ningún tipo de problema en el usuario.
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En caso de tener tickets; serían agrupados en lotes de 10000; en una factura para poder procesarlos el SII.
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Si hubiera facturas que no están sujetas; Odoo las reconoce a través de claves y las procesa de modo correcto.
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En el caso de que en el momento del envío no se tenga conexión a Internet; el Odoo, coloca la información en una cola, para ser enviado en cuanto pueda.
El conjunto de utilidades que proporciona Odoo, hace más cómoda la gestión de nuestro negocio, optimizando tiempo y recursos.